ORMUSA presentó el estudio: Mujer y mercado laboral 2022 La protección de maternidad de políticas públicas

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San Salvador, viernes 15 de diciembre de 2023. La Organización de Mujeres Salvadoreñas por la Paz (ORMUSA) presentó, este día, los resultados del estudio Mujer y mercado laboral 2022: La protección de la maternidad en las políticas públicas, que incluye el examen crítico de la ruta que siguen las mujeres en su búsqueda de acceso a la justicia cuando sus derechos se han vulnerado durante el embarazo, parto, post parto y lactancia.

Entender los resultados mercado de trabajo desde una perspectiva de género, la baja participación de las mujeres, las segregaciones ocupacionales, las desigualdades salariales implica integrar en el análisis el rol que juegan las estructuras y dinámicas familiares, incluyendo el trabajo no remunerado y las responsabilidades domésticas, ya que el matrimonio y la maternidad no deberían restringir la plena participación de las mujeres en la sociedad, no debería ser fuente de discriminación en el acceso al empleo.

Respecto a los servicios de cuidado  para primera infancia, se señala como un elemento positivo la implementación de Centros de Atención Integral de Primera Infancia (CAPI) que deben tener estándares de funcionamiento que se adapten a las necesidades de las personas trabajadoras, respecto a costos (son gratuitos), distancia (están en las cercanías de los lugares de trabajo) y horarios (se corresponden con las jornadas laborales); sin embargo, tal como está planteado el modelo actual deja fuera a la mayor proporción de mujeres trabajadoras, que se insertan en la informalidad, y a mujeres rurales, debido a la concentración territorial de empresas, en algunas zonas no se encuentran empresas de 100 y más personas trabajadoras y este es un requisito para la instalación de un CAPI.

La penalización de la maternidad

·     En 2022, el 61.9 % de las mujeres entre 25 y 54 años, “sin niñez menor de 6 años”, tenían una tasa de ocupación – población de 61.9 %, mientras que las mujeres “con niñez menor de 6 años”, presentaron una tasa de 51.0 %, estas cifras sugieren la penalización de la maternidad en el empleo. La diferencia en la tasa de ocupación – población entre mujeres sin niñez de menor de 6 años y con niñez menor de 6 años es de 10.9 puntos porcentuales. 

·     En El Salvador no hay datos estadísticos sobre posiciones gerenciales, sin embargo, en el grupo ocupacional de “técnicos y profesionales de nivel medio”, el 21.8 % del total de personas ocupadas “con niñez con menos de 6 años” son mujeres, y 78.2 % son hombres.

·     Los datos de la Tabla 1, muestran los salarios promedios para diferentes tipos de familia en El Salvador, en el año 2022, los salarios de las mujeres se encontraban alrededor del salario mínimo y en todos los casos hay una brecha desfavorable respecto a los hombres.

Tabla 1. Salarios promedios de mujeres y hombres en condición de ocupación por tipo de familia. Dólares. Año 2022

Tipo de familiaMujeres (USD)Hombres (USD)
Una persona315.84403.55
Pareja sin hijas o hijos355.20438.89
Pareja con hijas o hijos358.37437.62
Hogar monoparental345.23368.56
Familia extensa372.26425.19
Fuente: estudio Mujer y Mercado Laboral 2022: La protección de la maternidad en las políticas públicas

Datos de la Procuraduría General de la República, PGR y del Ministerio de Trabajo y Previsión Social reflejan que todos los años hay vulneraciones a los derechos que tienen las mujeres durante el embarazo, parto, postparto y lactancia, por lo que ellas deben recurrir a servicios de procuración de justicia:

·       En el año 2022 se realizaron 114 inspecciones por despido de mujeres embarazadas.

·       Los datos proporcionados por la PGR muestran las atenciones brindadas a mujeres embarazadas por despido en el período 2018 – 2022, evidenciándose que todos los años hay mujeres embarazadas que buscan acceso a la justicia. En total 289 mujeres fueron atendidas en ese periodo.

De acuerdo a datos provistos por el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, ISSS en el período 2018 – 2022 muestra que los subsidios cubren una proporción pequeña de los nacimientos que ocurren anualmente:

·       En 2022, un total de 12 187 mujeres recibieron subsidio de un total de 98 522 que dieron a luz, lo que significa que solamente el 12.4 % tuvieron ingresos propios asegurados durante el período postnatal.

·       Al dividir al total de beneficiarias del subsidio de maternidad, según la rama de actividad económica en la que se encontraban trabajando en el momento de recibirlo, se identifica que la mayoría proviene de comercio (27.3 %); manufactura (26.7 %) y del sector público (18.8 %). En contraste, solamente 1.0 % proviene de agricultura.

·       La Tabla 2 presenta la inversión que realiza anualmente el ISSS en proporcionar subsidios de maternidad, el total de subsidios otorgados y el monto mensual (considerando cuatro meses de licencia de maternidad) que se entrega a las mujeres, el monto de alrededor de USD 400.00 dólares refleja la concentración de las mujeres ocupadas

Tabla 2. Inversión en subsidios, número de subsidios entregados, subsidios promedio total y por mes entregados por el ISSS Período 2018- 2022

Rubro20182019202020212022
Inversión en subsidios (en millones de dólares)23.121.819.917.622.9
Número de subsidios entregados13 84813 11612 54310 43812 187
Subsidio promedio total entregado a cada mujer1666.31664.71583.81682.91879.6
Subsidio promedio por mes entregado a cada mujer416.6416.2396.0420.7469.9
Fuente: estudio Mujer y Mercado Laboral 2022: La protección de la maternidad en las políticas públicas

El estudio de casos revela que a pesar de los avances legislativos en materia de protección a los derechos de las mujeres en general y de las trabajadoras en particular, persisten graves prácticas discriminatorias que contradicen los estándares internacionales y las normas nacionales que reconocen, para estas últimas, una protección reforzada durante el embarazo, el post parto e incluso, durante un período posterior más amplio, considerando que en El Salvador, históricamente ha existido una marcada cultura de irrespeto de estos derechos por parte de las personas empleadoras. Se logró tener acceso, revisar y sistematizar los hallazgos de 25 expedientes, con base en una ficha de chequeo para la identificación de vacíos, obstáculos y limitantes:

·       De los expedientes se logró obtener las motivaciones de los despidos, entre ellas: (a) Causas relacionadas con permisos laborales para atender controles médicos que requieren las mujeres embarazadas. (b) Causas relacionadas con el estado de embarazo, los mitos y prejuicios alrededor de las trabajadoras embarazadas. (c) Causas relacionadas con acoso sexual (d) Causas relacionadas con el período postparto y (e) Despidos disfrazados de supuestas reestructuraciones internas.

·       En 24 de los 25 casos, las mujeres contaron con defensoría pública laboral, solo en uno de ellos se mostraron parte actora abogadas particulares.

·       Se aceptan arreglos conciliatorios (en cualquier etapa del proceso) que pueden ser en menoscabo de los derechos de las personas trabajadoras.

·       Se observó que en reiteradas oportunidades no existió una solicitud expresa del reinstalo de la trabajadora, ya sea como medida cautelar o como consecuencia de la sentencia.

Se vislumbran avances en cuanto al acceso a justicia de las mujeres que reclaman derechos relacionados con la maternidad, incluso buenas prácticas en algunos juzgados y en el ejercicio de defensoría pública laboral, no obstante, existen prácticas que deben revisarse para remover cualquier obstáculo que impida a las mujeres ejercer sus derechos laborales y previsionales, sobre todo, las que vuelven demasiado burocrático y largos los procesos y por lo tanto, impiden una pronta y cumplida justicia.

En general, las condiciones laborales adversas para las mujeres embarazadas o en puerperio hacen que opten por renunciar de sus empleos, quedando en una situación de mayor vulnerabilidad para ellas y para sus hijas e hijos. Esto también puede profundizar la desigualdad en sus relaciones de pareja o familiares, y por lo tanto, colocarlas en situaciones de mayor riesgo de enfrentar violencias basadas en su sexo. En consecuencia, coarta la igualdad de oportunidades en el trabajo, profundiza la pobreza de sus hogares y aumenta el riesgo de violencia.

En el estudio se hacen las siguientes recomendaciones:

·       Establecer subsidios de maternidad que cubran a las mujeres trabajadoras que están fuera del sector formal, ya sea mediante la ampliación de servicios del pilar contributivo o con la creación de nuevas herramientas no contributivas.

·       Asegurar progresivamente que los servicios de cuidado de la niñez cubren las necesidades de las mujeres trabajadoras en su diversidad (agrícolas, en el sector informal, trabajadoras del hogar remuneradas).

·       Asegurar progresivamente que los servicios de cuidado de la niñez tengan cobertura territorial, especialmente tomando en cuenta la reunificación de municipios.

·       Crear incentivos para que los hombres asuman la paternidad responsable, por ejemplo, aumentando el número de días de la licencia parental.

·       Fortalecer a las instituciones responsables y vinculadas con el sistema de administración de justicia laboral, de tal forma que cuenten con las capacidades humanas, técnicas y materiales para desempeñar un rol apegado a derecho.

·       Es urgente informar a las mujeres sobre los derechos que las asisten durante el embarazo y puerperio, las instancias que pueden brindarles atención, los tipos de servicios que pueden solicitar, así como los requisitos y etapas de los procesos judiciales y administrativos que deberán enfrentar.

·       Armonizar la legislación nacional con los estándares internacionales establecidos por la Organización Internacional del Trabajo, OIT en el marco del Convenio 183 el cual ya fue ratificado por el estado salvadoreño en 2022. Una recomendación específica, para el fortalecimiento de la seguridad social de las mujeres embarazadas es que la licencia de maternidad sea registrada como tiempo efectivo de trabajo, en la actualidad la licencia opera como suspensión del contrato individual de trabajo.

·       Dar cumplimiento a la Sentencia de Inconstitucionalidad 62-2018/50-2019 sobre la existencia de una Omisión total en la regulación del reinstalo de la mujer trabajadora embarazada, para ello es necesario hacer reformas al Código de Trabajo no solo en la parte sustantiva, sino también en la parte procesal ya que es en esta etapa donde se dictan las medidas cautelares y sentencias.

La aplicación de estas medidas traería efectos positivos en la tasa de participación laboral de las mujeres y ganancias de productividad a las empresas.El evento fue presidido por Carmen Urquilla, coordinadora del Programa Justicia Laboral y Económica de ORMUSA, Iliana Álvarez, catedrática e investigadora del Departamento de Economía de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas UCA y la consultora responsable de la investigación, Silvia Rubio.
El estudio está disponible en: